Ayudas IVACE Digitaliza-CV: subvención para implantar software, IA y ciberseguridad en tu pyme valenciana
Qué subvenciona el programa DIGITALIZA-CV del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial cuando contratas a un proveedor externo, en qué estado está a 5 de octubre de 2026 y qué exigen las bases al proveedor.
Por Equipo SmartWay Studio · Publicado y revisado el 5 de octubre de 2026
Ficha rápida
- Estado: Cerrada La convocatoria vigente (ejercicio 2025) tuvo su plazo del 15 de enero de 2026 al 3 de marzo de 2026 a las 23:59:59 (art. 6.2). Próxima edición: no confirmada (a 5 de octubre de 2026 no aparece una convocatoria posterior en la BDNS).
- Última revisión: 5 de octubre de 2026
- Organismo: Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), Generalitat Valenciana. Cofinanciación FEDER 2021-2027.
- Comunidad: Comunitat Valenciana
- Quién puede pedirla: Pymes con sede social y establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana en el momento de la solicitud y al menos dos personas como personal propio (art. 2.1). Actividad principal en CNAE 2009 secciones C, D, E y F (divisiones 10 a 43, salvo la clase 41.10), H divisiones 49 a 52 o M división 72 (art. 2.2). Quedan excluidas, entre otras, las empresas de actividad financiera o inmobiliaria, de producción agrícola primaria, de pesca y acuicultura, o cuya actividad principal sea el comercio (art. 2.3).
- Qué financia: Proyectos de digitalización: software e implantación, desarrollo de aplicaciones a medida, soluciones como servicio (XaaS), ERP, CRM, BI, Industria 4.0, y soluciones de IA y seguridad vinculadas a esas actuaciones (arts. 3.2 y 4.1).
- Importe e intensidad: Hasta el 45 % en pequeña empresa y hasta el 35 % en mediana (art. 5.1). Máximo de subvención: 175.000 euros (art. 5.2). Presupuesto subvencionable mínimo del proyecto: 20.000 euros (art. 3.3). Régimen de minimis. Presupuesto de la convocatoria: 3.400.000 euros ampliado en 5.000.000 euros hasta 8.400.000 euros (resolución de 20 de febrero de 2026).
- Plazo: Cerrado (15/01/2026 a 03/03/2026). Ejecución del proyecto entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026; justificación hasta el 4 de febrero de 2027 (art. 9.3).
- Fuentes oficiales: Convocatoria BDNS 877211 · Resolución de 18 de diciembre de 2025 (DOGV núm. 10269, de 26/12/2025) · Resolución de 20 de febrero de 2026 de ampliación de presupuesto · Bases: Orden 27/2016 (DOGV 7927, 29/11/2016) modificada por las Órdenes 17/2018, 11/2022 y 6/2024 (DOGV 10002, 10/12/2024) · Web del IVACE
Qué cubre y qué no
DIGITALIZA-CV subvenciona un porcentaje de los costes de implantar soluciones de digitalización en tu empresa. Los proyectos deben encuadrarse en alguna de estas actuaciones (art. 3.2):
- a) Industria 4.0: gemelos digitales, control de procesos productivos, captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, robótica, visión artificial, sistemas MES, SCADA, GMAO, PLM/CAD/CAM, fabricación aditiva, entre otros.
- b) Gestión empresarial y cadena de valor: ERP, SCM, MRP, inteligencia empresarial (BI), analítica big data, CRM y comercio electrónico B2B o B2C con facturación y logística (se excluyen los marketplaces de terceros), y aplicaciones de economía circular.
- c) Seguridad avanzada, análisis de datos e inteligencia artificial, siempre vinculados a actuaciones de los apartados a) o b) dentro del mismo proyecto: computación en la nube, seguridad de la información y las comunicaciones, IoT y soluciones basadas en técnicas de IA.
Costes subvencionables (art. 4.1): software y su implantación (excluye renovaciones, cambios de versión o ampliaciones de software ya en uso), desarrollo de aplicaciones a medida incluida instalación y asesoramiento técnico específico (art. 4.1.a), costes de uso de soluciones como servicio (XaaS) y servidores en la nube dedicados al proyecto, hardware y sensores asociados (art. 4.1.b), y servicios externos de consultoría para diagnóstico, planificación o definición previos a la implementación, con un tope del menor entre el 15 % del resto de costes subvencionables o 20.000 euros (art. 4.1.c).
No se subvenciona software de propósito general (sistemas operativos, ofimática, correo, edición de imágenes) salvo que sea parte inseparable de otro activo subvencionado, ni el acceso a bases de datos especializadas. Tampoco los bienes o servicios prestados por empresas vinculadas a la beneficiaria (art. 4.3).
No confundir con INNOVATeiC-CV. El IVACE tiene otra línea, INNOVATeiC-CV (dentro de INNOVA-CV 2026, BDNS 894907), pensada para desarrollar una solución propia que luego se comercialice a terceros: excluye las soluciones a medida o aplicables en la propia empresa solicitante. Si lo que quieres es implantar software en tu propia empresa, la línea relevante es DIGITALIZA-CV.
Requisitos de la empresa
- Pyme conforme al anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, con sede social y establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana al presentar la solicitud, y al menos dos personas como personal propio (art. 2.1 y 2.4).
- Actividad en los CNAE indicados en la ficha, acreditada con certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT con alta anterior a la publicación de la convocatoria (art. 6.6.b).
- Un único proyecto y una única solicitud por empresa (arts. 3.5 y 6.5). El proyecto no debe estar concluido ni ejecutado íntegramente antes de presentar la solicitud (art. 3.7).
- Los activos deben mantenerse cinco años tras el pago de la subvención y los activos materiales quedar instalados en el establecimiento productivo de la Comunitat Valenciana (arts. 3.4 y 4.1.b).
- Tramitación electrónica con certificado de representante de empresa (art. 6.3). Régimen de minimis (art. 5.3).
Qué se exige al proveedor
La convocatoria no impone un registro ni una acreditación de proveedores. Lo que establece sobre quién te vende o desarrolla el proyecto es lo siguiente:
- Tres ofertas (art. 9.4 y art. 6.6.g): si el gasto previsto con un mismo proveedor es igual o superior a 15.000 euros (IVA excluido), la empresa debe pedir antes de contratar al menos tres ofertas de proveedores distintos sin vinculación entre ellos ni con la beneficiaria, elegir la más económica (o justificar por escrito por qué no) y acreditarlo al solicitar la ayuda. Las ofertas deben ser comparables, detalladas, estar datadas y llevar los datos y el logo o sello del emisor. Si no se presentan, ese gasto no es subvencionable.
- Sin vinculación (art. 4.3): no son subvencionables los bienes y servicios de empresas vinculadas según el art. 68.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
- Informes del proveedor (art. 9.2.a): para gastos de servicios externos, en la justificación hay que aportar los informes o documentación que acrediten el servicio, firmados electrónicamente por el proveedor.
- Ubicación: no consta restricción de ubicación del proveedor (leído art. 4.1, 4.3 y 9.4 de la convocatoria). Sí consta que los activos materiales queden instalados en el establecimiento de la beneficiaria en la Comunitat Valenciana (art. 4.1.b).
Una cautela de lectura: el art. 14 de las bases (Orden 27/2016) dice que la actividad objeto de subvención no podrá ser subcontratada con terceros, mientras que la propia convocatoria admite como coste el software, el desarrollo a medida y los servicios externos facturados por proveedores. Cómo se aplica en la práctica a tu proyecto es algo que conviene confirmar con el IVACE antes de contratar.
Cómo puede ayudarte SmartWay Studio Murcia
SmartWay Studio es una consultora tecnológica pyme con sede en el Parque Científico de Murcia que trabaja en remoto con pymes de otras comunidades. Que tu empresa esté en la Comunitat Valenciana no es un obstáculo por sí mismo: según los textos leídos, no consta restricción sobre la ubicación del proveedor.
- Valoramos primero si tu proyecto encaja en lo que la ayuda cubre y en el calendario disponible. Si no encaja, te lo decimos.
- Si encaja, preparamos la descripción técnica del proyecto y el presupuesto detallado del proveedor que la convocatoria pide (alcance, entregables, importes desglosados).
- La solicitud la presenta y la firma tu empresa ante el organismo. SmartWay Studio no es agente del organismo, no tramita la solicitud y no puede garantizar que se conceda la ayuda.
- Servicios que podemos prestar: implantación de IA, automatización con IA, software a medida, consultoría informática, piloto de IA y certificaciones y seguridad. Para tener una primera cifra orientativa puedes usar el estimador de proyecto de software.
- Para una futura edición: preparamos con tu empresa el material comparable que exige el art. 9.4 (alcance y presupuesto detallados), de modo que puedas pedir las tres ofertas con la misma descripción técnica.
No afirmamos haber ejecutado proyectos en la Comunitat Valenciana ni ser proveedor reconocido o aprobado por el organismo convocante.
Cuándo se publica
Según la BDNS, el IVACE ha convocado la línea de digitalización de pyme en diciembre de varios años: resolución de 14 de diciembre de 2021 (BDNS 600205), de 21 de diciembre de 2022 (BDNS 666078), de 26 de diciembre de 2023 (BDNS 735909) y de 18 de diciembre de 2025 (BDNS 877211, publicada en el DOGV el 26 de diciembre de 2025). En la búsqueda realizada no aparece una convocatoria de 2024 ni una posterior a la de 2025 a fecha de 5 de octubre de 2026. Antes de 2021 hubo convocatorias en otras fechas (por ejemplo, febrero de 2021 y abril de 2020). La fecha de la próxima edición no está confirmada: el patrón histórico apunta a finales de año, pero no es una promesa del organismo.
Si tu pyme es de la Comunitat Valenciana
Si quieres valorar con nosotros un proyecto de software, IA o ciberseguridad pensado para una futura edición de DIGITALIZA-CV, cuéntanoslo. No tramitamos la solicitud ante el IVACE ni prometemos subvención. Escríbenos a hola@smartwaystudio.com o usa el formulario de contacto.
Valorar mi proyectoSmartWay Studio · Parque Científico de Murcia, Edificio R, Complejo de Espinardo, 30100 Murcia
Preguntas frecuentes
¿Está abierta la ayuda DIGITALIZA-CV del IVACE?
No. El plazo de la convocatoria del ejercicio 2025 (BDNS 877211) fue del 15 de enero de 2026 al 3 de marzo de 2026 a las 23:59:59. A 5 de octubre de 2026 no aparece una convocatoria posterior en la BDNS, así que la próxima edición no está confirmada.
¿Puede ser mi proveedor una empresa de otra comunidad autónoma?
En los artículos 4.1, 4.3 y 9.4 de la convocatoria leídos no consta restricción de ubicación del proveedor. Sí exigen que el proveedor no sea una empresa vinculada a la beneficiaria y, si el gasto con un proveedor llega a 15.000 euros sin IVA, pedir tres ofertas. Los activos materiales deben quedar instalados en el establecimiento productivo de la empresa en la Comunitat Valenciana. Conviene confirmar con el IVACE cómo se aplica el art. 14 de las bases sobre subcontratación.
¿Qué empresas pueden pedir DIGITALIZA-CV?
Pymes con sede social y establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana, con al menos dos personas como personal propio, y actividad en los CNAE de las secciones C, D, E y F (divisiones 10 a 43, salvo la clase 41.10), H divisiones 49 a 52 o M división 72. Quedan excluidas, entre otras, las empresas cuya actividad principal es el comercio.
¿Cuánto subvenciona y cuál es el proyecto mínimo?
Hasta el 45 % en pequeña empresa y hasta el 35 % en mediana, con un máximo de 175.000 euros de subvención. El presupuesto subvencionable del proyecto debe ser como mínimo de 20.000 euros. Los servicios externos de consultoría tienen un tope del menor entre el 15 % del resto de costes o 20.000 euros.
¿Subvenciona proyectos de inteligencia artificial y ciberseguridad?
Sí, pero vinculados a las actuaciones de Industria 4.0 o de gestión empresarial (ERP, CRM, BI, logística y similares) incluidas en el mismo proyecto, según el artículo 3.2.c de la convocatoria. También es subvencionable el desarrollo de aplicaciones a medida (art. 4.1.a).
¿Cuándo suele publicarse DIGITALIZA-CV?
Según la BDNS, las convocatorias recientes se aprobaron en diciembre: 14 de diciembre de 2021, 21 de diciembre de 2022, 26 de diciembre de 2023 y 18 de diciembre de 2025. No aparece una convocatoria de 2024. La fecha de la próxima edición no está confirmada.
Otras ayudas para pymes
Aviso. Esta página es informativa. SmartWay Studio no es agente de IVACE ni tramita solicitudes ante él: la solicitud la presenta y firma la empresa. Consulta siempre las bases oficiales. Nada de lo aquí expuesto supone una promesa de financiación ni una valoración de elegibilidad de ningún proyecto. La información corresponde a las fuentes enlazadas a fecha de la última revisión (5 de octubre de 2026) y puede cambiar.