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Ayudas SPRI para implantar IA en tu empresa de Euskadi: programa Inteligencia Artificial 2026

Qué subvenciona el programa Inteligencia Artificial 2026 de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, qué empresas pueden pedirlo, cuánto cubre y qué exigen las bases a la consultora externa que ejecuta el proyecto. Datos a 5 de octubre de 2026.

Por Equipo SmartWay Studio · Publicado y revisado el 5 de octubre de 2026

Ficha rápida

  • Estado: Abierta Plazo hasta el 2 de noviembre de 2026 (art. 10 de las bases). Se resuelve por orden de expediente completo y el crédito puede agotarse antes de esa fecha (art. 3.3).
  • Última revisión: 5 de octubre de 2026
  • Organismo: SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial (Gobierno Vasco)
  • Comunidad: País Vasco (Euskadi)
  • Quién puede pedirla: Empresas (personas físicas o jurídicas) industriales o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, con centro de actividad en Euskadi donde se ejecute el proyecto y alta en el IAE del País Vasco (art. 4.1). Las bases no se limitan a pymes ni fijan CNAE concretos. Excluidas la producción primaria agrícola y pesquera, las entidades del sector público y las adscritas a la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (art. 4).
  • Qué financia: Consultoría, ingeniería, hardware y licencias de software (y SaaS hasta 12 meses) para proyectos de IA y estrategia del dato (art. 5 y 6)
  • Importe e intensidad: 60 % de los gastos subvencionables, máximo 100.000 € por empresa; consultoría/ingeniería, al menos el 20 % de la base subvencionable; hardware y licencias, máximo 80.000 € (art. 7). Ayuda de minimis
  • Presupuesto: 11.000.000 € en las bases (art. 3.1), ampliables hasta 16.000.000 € (art. 3.5). La web de SPRI muestra 14 M€; no hemos localizado en el BOPV la resolución de ampliación, por lo que la cifra confirmada es la de las bases.
  • Plazo: Desde el día siguiente a la publicación en el BOPV (23/03/2026) hasta el 2 de noviembre de 2026; la atención técnica termina ese día a las 15:00 (art. 10)
  • Fuentes oficiales: Página del programa en SPRI · BOPV n.º 55, 23/03/2026 (Resolución de 26/02/2026) · Convocatoria BDNS 896055

Qué cubre y qué no

Las bases agrupan los proyectos subvencionables en un itinerario de cinco fases (art. 5). No hace falta cubrir todas las fases:

  • Estrategia de IA y dato: consultoría de estrategia, diagnóstico de madurez, identificación de casos de uso y estrategia del dato.
  • Gobierno de IA y dato: políticas de IA, evaluación de riesgos, alineamiento con el AI Act y el Data Act, adecuación y certificación ISO 42001 o equivalente, especificaciones UNE de gobierno del dato.
  • Infraestructura y datos: sensórica e IoT, bases de datos, entornos de procesamiento, interoperabilidad, cuadros de mando de Business Intelligence y espacios de datos.
  • Soluciones de IA: implantación de soluciones comerciales (RPA, procesamiento de lenguaje natural, visión artificial, herramientas de planificación con IA) y desarrollo de soluciones propias (aprendizaje automático, IA generativa, gemelos digitales).
  • Capacitación y liderazgo en IA: plan de capacitación y evaluación de competencias de la plantilla.

No son subvencionables, según los artículos 5 y 6: los productos o servicios del propio catálogo de la empresa beneficiaria (salvo cumplimiento normativo o certificación), la ofimática básica aunque incorpore IA, el equipamiento y software de puestos de oficina, los trabajos realizados por la propia empresa solicitante, los desplazamientos de la consultora, el IVA y la exportación. Los proyectos deben ejecutarse en un máximo de 12 meses desde su inicio y los gastos deben estar devengados o facturados desde el 1 de enero de 2026 (art. 6.1.a).

Requisitos de la empresa

  • Ser una empresa industrial o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial. No es un programa para cualquier pyme vasca: una empresa de otro perfil debería consultar con SPRI si encaja (art. 4.1).
  • Tener un centro de actividad en Euskadi en el que el proyecto tenga impacto y figurar de alta en el IAE del País Vasco; SPRI lo comprueba de oficio, igual que las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (art. 4.4).
  • No estar adscrita a la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación ni pertenecer al sector público, y no estar incursa en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 20/2023 (art. 4.2).
  • No superar el límite de minimis de 300.000 € en tres años (art. 8.5) y declarar las demás ayudas solicitadas para el mismo proyecto (art. 9.6.b).
  • Firmar la solicitud con firma electrónica avanzada la persona con poder de representación, a través del aplicativo de la web de SPRI (art. 9.2 y 9.3).

Qué se exige al proveedor

El proveedor es la empresa experta externa a la que la empresa contrata. Lo que dicen las bases:

  • Art. 6.1.b: los gastos deben ser realizados por empresas expertas externas, es decir, toda entidad privada, con independencia de su forma jurídica, que ejerza su actividad económica de forma regular en el ámbito del proyecto subvencionado.
  • Art. 6.5.a: la empresa externa no puede pertenecer ni formar parte de ningún sector público.
  • Art. 6.6.f: si el gasto supera la cuantía del contrato menor de la normativa de contratación pública y implica contratar con terceros, la empresa debe solicitar como mínimo tres ofertas de proveedores diferentes antes de comprometer el gasto, salvo que el mercado no tenga suficientes oferentes. Si no elige la oferta más barata, debe justificarlo en una memoria. Las ofertas se aportan con la solicitud o con la justificación (art. 9.6.g).
  • Art. 9.6.f: la solicitud incluye una oferta técnica y económica del proyecto (límite 25 páginas) con las tareas de consultoría o ingeniería, el análisis de la solución, el desglose del presupuesto, la estimación de horas por tarea y el calendario.
  • Art. 12.4.d: la justificación incluye una memoria técnica con el descargo de horas por consultor y tarea.

No consta restricción de ubicación del proveedor (leído art. 6.1.b y 6.5). Tampoco constan certificados, registros ni un número mínimo de proyectos previos exigidos al proveedor en el texto de las bases. Sí se exige que su actividad regular esté en el ámbito del proyecto y que sea una entidad privada.

Cómo puede ayudarte SmartWay Studio

SmartWay Studio es una consultora tecnológica pyme con sede en el Parque Científico de Murcia que trabaja en remoto con empresas de otras comunidades autónomas. Esta es la parte que podemos hacer, y lo que no:

  • Valoramos contigo si el proyecto encaja en el programa antes de pedir nada: qué actuación subvencionable sería, qué se contrataría y a quién.
  • Si encaja, preparamos la descripción técnica y el presupuesto detallado que la ayuda exige al proveedor (tareas, dedicaciones, calendario), para que la empresa los adjunte a su solicitud.
  • Podemos aportar una de las tres ofertas que la empresa debe solicitar. La elección entre ofertas es de la empresa y debe razonarse según el art. 6.6.f.
  • La solicitud la presenta y firma la propia empresa. No somos agente del organismo ni tramitamos la ayuda, y no podemos garantizar su concesión.

Según el tipo de proyecto, el trabajo se enmarca en implantación de IA, automatización con IA, software a medida o consultoría informática. Si prefieres validar primero con poco riesgo, existe el piloto de IA; para dimensionar un desarrollo puedes usar el estimador de proyecto software. Nuestras certificaciones de seguridad están en certificaciones.

SmartWay Studio no afirma ser proveedor homologado por SPRI: las bases no prevén homologación, solo la condición del art. 6.1.b, que valora SPRI en cada expediente.

Cuándo se publica

  • Edición 2026: resolución de 26 de febrero de 2026, publicada en el BOPV el 23 de marzo de 2026, que aprueba a la vez las bases y la convocatoria (BDNS 896055).
  • Edición anterior: la BDNS registra la convocatoria 785290, "Inteligencia Artificial Aplicada y Estrategia del Dato" (registrada el 13/09/2024, 9.000.000 €, plazo hasta el 30/09/2025). No hemos contrastado sus bases con las de 2026.
  • Próxima edición: no confirmada. Las bases de 2026 se aprueban junto con su convocatoria y no fijan una periodicidad.

Si eres una empresa industrial de Euskadi

Si tienes un proyecto de IA, datos o automatización y quieres valorar si encaja en este programa antes del 2 de noviembre, cuéntanoslo. No gestionamos la solicitud ante SPRI ni prometemos subvención. Escríbenos a hola@smartwaystudio.com o usa el formulario de contacto.

Consultar tu proyecto

SmartWay Studio · Parque Científico de Murcia, Edificio R, Complejo de Espinardo, 30100 Murcia

Preguntas frecuentes

¿Está abierta la ayuda SPRI Inteligencia Artificial 2026?

Sí. El plazo de presentación finaliza el 2 de noviembre de 2026 (art. 10 de las bases, BOPV de 23 de marzo de 2026). Se resuelve por orden en que cada expediente está completo y, si se agota el crédito (11 millones de euros en las bases, ampliables hasta 16), el programa termina antes de esa fecha (art. 3).

¿Puede pedirla cualquier pyme del País Vasco?

No. Las bases se dirigen a empresas industriales o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, con centro de actividad en Euskadi y alta en el IAE del País Vasco (art. 4.1). Quedan fuera el sector público, las entidades de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación y la producción primaria agrícola y pesquera.

¿Cuánto cubre y qué se puede financiar?

Subvención del 60 % de los gastos subvencionables, con un máximo de 100.000 euros por empresa (art. 7). La consultoría o ingeniería debe ser al menos el 20 % de la base subvencionable y el hardware y las licencias de software tienen un tope de 80.000 euros. Cubre proyectos de estrategia de IA y dato, gobierno, infraestructura y datos, soluciones de IA y capacitación (art. 5).

¿Puede ejecutar el proyecto una consultora de otra comunidad autónoma?

Las bases exigen una empresa experta externa: entidad privada que ejerza su actividad de forma regular en el ámbito del proyecto y que no pertenezca al sector público (art. 6.1.b y 6.5). No consta restricción de ubicación del proveedor en esos artículos. Si el gasto supera el umbral del contrato menor, la empresa debe pedir al menos tres ofertas (art. 6.6.f).

¿Quién presenta la solicitud y qué documentación técnica hace falta?

La presenta y firma la empresa, con firma electrónica avanzada, en el aplicativo de la web de SPRI (art. 9). Debe incluir una oferta técnica y económica de hasta 25 páginas con tareas, presupuesto desglosado, horas y calendario (art. 9.6.f). SmartWay Studio puede preparar esa descripción técnica si el proyecto encaja, pero no tramita la ayuda ni es agente de SPRI.

¿Habrá una nueva edición en 2027?

No está confirmado. La BDNS registra una edición anterior con otro nombre (convocatoria 785290, plazo hasta el 30 de septiembre de 2025), pero las bases de 2026 no fijan una periodicidad. Conviene consultar la página del programa en la web de SPRI.

Más ayudas para pymes

Aviso. Esta página es informativa. SmartWay Studio no es agente de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial ni presenta solicitudes en nombre de las empresas: la solicitud la presenta y firma la propia empresa. Consulta siempre las bases oficiales. Nada de lo aquí expuesto supone una promesa de financiación ni una valoración de elegibilidad de ningún proyecto. La información corresponde a las fuentes enlazadas a fecha de la última revisión (5 de octubre de 2026) y puede cambiar.